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Corte Constitucional prohíbe corridas de toros y corralejas

En una decisión histórica, la Corte amplió la prohibición de las corridas de toros a otras prácticas tradicionales que afectan el bienestar animal.

Corrida toros Ubaté
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 04/09/2025 - 16:06 Créditos: Foto: Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional tomó una decisión sin precedentes al avalar la ley que prohíbe las corridas de toros y las novilladas, y extender su alcance a otras actividades como cabalgatas, corralejas, peleas de gallos y coleo.

El Alto Tribunal rechazó los cargos de la demanda que buscaba tumbar la norma por presuntas irregularidades fiscales y determinó que la ley constituye un desarrollo legítimo del mandato constitucional de protección y bienestar animal. 

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Según los magistrados, todas estas prácticas vulneran los derechos de los animales y, por tanto, deben ser eliminadas.

La Corte mantuvo el plazo fijado por la ley: tres años para la desaparición de las corridas de toros en el país. En ese mismo lapso entrará en vigencia la restricción total de las demás actividades ahora prohibidas, lo que significa que a partir de entonces quedarán completamente vetadas en Colombia.

Los magistrados señalaron que este periodo de transición es necesario para abrir una etapa de “alistamiento”, orientada a la reconversión laboral y cultural de quienes dependen de estas prácticas.

De esta manera, la Corte Constitucional no solo ratificó la prohibición de la tauromaquia, sino que también amplió su alcance, marcando un hito en la protección de los derechos de los animales y en el cambio cultural alrededor de las tradiciones que implican su maltrato.

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