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Corte Suprema define disolución de la sociedad conyugal tras dos años de separación de hecho

Un histórico fallo permite conformar nuevas uniones patrimoniales tras el distanciamiento prolongado de los cónyuges.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 20/12/2024 - 17:29 Créditos: www.cronicajalisco.com

La Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia estableció que la sociedad conyugal se disuelve automáticamente tras una separación de hecho prolongada de dos años o más entre los cónyuges. 

Este fallo resuelve un vacío regulatorio en la legislación colombiana, habilitando la posibilidad de formar una unión marital de hecho y construir una sociedad patrimonial a partir de dicho momento.

Según el pronunciamiento de la Sala, cuando ocurre un distanciamiento físico de esta duración, cesa la comunidad de gananciales, es decir, los bienes adquiridos por cada cónyuge ya no formarán parte de la sociedad conyugal. Este cambio, explicaron los magistrados, busca proteger los derechos de quienes efectivamente contribuyen a la construcción de un patrimonio común.

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El Alto Tribunal enfatizó que permitir la prolongación de la sociedad conyugal después de una separación de hecho podría generar inequidades, como la posibilidad de que uno de los cónyuges se beneficie de bienes adquiridos por el otro sin haber participado en su construcción. "Es un sacrificio injustificado de la libertad individual y una desatención de los principios de justicia, igualdad y buena fe", señaló la Sala.

El fallo también destaca la necesidad de evitar una asimetría entre las consecuencias legales de la separación judicial y las de hecho. Mientras que la separación judicial disuelve automáticamente la sociedad conyugal y habilita el divorcio, hasta ahora la separación de hecho solo permitía el divorcio después de dos años.

Con esta decisión, la Corte busca garantizar la justicia y el respeto a los derechos de los terceros involucrados, como los compañeros permanentes que podrían conformar nuevas uniones tras el distanciamiento de los cónyuges. La sentencia refuerza la autonomía de la voluntad de las personas y los valores constitucionales de igualdad y autodeterminación.

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