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Jorge Gandolfo, exdirector de Planeación de Cúcuta: firma 27 contratos irregulares y es inhabilitado 13 años

Argumentos jurídicos de la determinación.

Jorge Gandolfo
Por Agencia Periodismo Investigativo | Sáb, 01/02/2025 - 21:16 Créditos: Imagen tomada de La Opinión

La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años al entonces director del Departamento Administrativo de Planeación Municipal de Cúcuta, Jorge Omar Gandolfo Barreto, por contratos suscritos en 2019, mediante los cuales se habría entregado, de manera irregular, la administración del espacio público.   

Se trata de 27 acuerdos negociales, a través de los cuales pactó con cada uno de los particulares con los que se asoció, la administración, desarrollo, mantenimiento y embellecimiento de varios sitios públicos de la ciudad de Cúcuta, eludiendo el procedimiento de licitación pública que debía seguir para dichas contrataciones.  

Para el Ministerio Público con la suscripción de forma directa de los cuestionados bilaterales, Gandolfo Barreto habría negado la posibilidad a todos los demás posibles oferentes, que hubieran podido estar interesados, de participar en un proceso licitatorio en una competencia abierta y ser escogidos por méritos derivados de su experiencia, capacidad, calidad y oferta presentada.

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Adicionalmente, el ente disciplinario señaló que esta conducta se repitió en 27 ocasiones durante un periodo de casi 11 meses, “evidenciando una intencionalidad deliberada de entregar a la mayor cantidad posible de particulares los bienes de uso público de la ciudad, haciéndolo con el mayor sigilo posible, puesto que nunca se informó a la opinión pública sobre los planes que se llevaban a cabo para estos fines, y menos se realizaron convocatorias públicas para invitar a los posibles interesados (…)”.

Para el Ministerio Público la actuación del disciplinado demuestra una urgencia inusual en adelantar dichas acciones al concluir el 2019, fecha que coincidía con la finalización del mandato del alcalde que lo designó como director de Planeación Municipal de Cúcuta.

La conducta fue calificada por como falta gravísima cometida a título de dolo.

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