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Luz verde a la unificación de condenas para la antigua cúpula de las Farc
La decisión busca agilizar la definición de la situación jurídica de exintegrantes de las Farc-EP, sin afectar el avance de las sentencias en curso.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que emitirá una Resolución de Conclusiones única por cada compareciente, con la posibilidad de ampliaciones futuras según avancen las investigaciones en los macrocasos.
Así lo informó el presidente de la JEP, magistrado Alejandro Ramelli, en una rueda de prensa en la que se presentó la respuesta institucional a una comunicación del antiguo Secretariado de las Farc.
La decisión, que sigue lo dispuesto por la Ley Estatutaria de la JEP y la sentencia C-080 de 2018 de la Corte Constitucional, busca unificar y articular los procesos de manera que se garantice un enfoque integral de justicia transicional. En los casos con resoluciones ya emitidas, se podrán hacer ampliaciones sin interrumpir los juicios en curso, lo cual, según Ramelli, permitirá más celeridad y seguridad jurídica para los comparecientes.
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Esta estrategia permitirá que, al momento de ejecutar sanciones, se tengan en cuenta todos los hechos, conductas y proyectos restaurativos validados, respetando el límite de ocho años de sanción previsto por la ley. Además, se busca armonizar los derechos de las víctimas a la verdad y la justicia con los de los excombatientes a procesos justos y concluyentes.
Ramelli subrayó que se dará prioridad a la emisión de sentencias en el Caso 01 (secuestros cometidos por las Farc) y el Caso 03 (falsos positivos), debido a su avanzado estado procesal. También explicó que, frente a la renuncia del antiguo Secretariado de las Farc a su presunción de inocencia, cada sala competente deberá evaluar su impacto en los procesos y los derechos de las víctimas.
Finalmente, el presidente de la JEP se refirió al caso de Rodrigo Granda, cuya solicitud de ser aceptado en la JEP por el caso del secuestro y asesinato de Cecilia Cubas en Paraguay fue inadmitida temporalmente.
La Sección de Apelación concluyó que no hay pruebas suficientes de que esos hechos estén ligados al conflicto armado colombiano, aunque esta decisión podría modificarse si se aportan nuevos elementos.
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