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Congresista del partido de la U votó artículo de la reforma pensional sin saber de que trataba 

Camilo Ávila y su desconocimiento de parte de lo que votaba.

Camilo Ávila representante a la cámara
Por Agencia Periodismo Investigativo | Sáb, 25/05/2024 - 20:17 Créditos: Imagen tomada de Semana

En la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se presenció un incidente inusual involucrando al representante Camilo Ávila, del partido de la U, durante la votación del proyecto de reforma pensional impulsado por el presidente Gustavo Petro. 

El jueves 23 de mayo, en el contexto del tercer debate de la mencionada reforma, Ávila votó afirmativamente por el artículo 76 de la propuesta, relacionado con el régimen de transición, sin estar plenamente informado sobre su contenido.

Este suceso se produjo justo después de que el secretario de la sesión, Ricardo Alfonso Albornoz, rechazara la solicitud de Ávila de repetir la lectura del artículo en cuestión. 

El representante había estado ausente momentáneamente, alegando haber ido al baño en el momento crítico de la votación. A pesar de su falta de información, Ávila decidió votar afirmativamente, lo que generó reacciones variadas en el ámbito político y en las redes sociales, donde fue criticado por su actuación.

Este incidente se viralizó, atrayendo la atención sobre el comportamiento de algunos políticos y sus repercusiones en la imagen pública. 

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Además, se recordaron acusaciones anteriores contra Ávila, incluyendo un proceso abierto por la Contraloría en 2020, relacionado con cobros indebidos en contratos de transporte aéreo que involucraban a la EPS Mallamas Indígena y una aerolínea que él representaba.

En cuanto al proyecto de reforma pensional, fue aprobado ese mismo día por la Comisión Séptima en su tercer debate. Este proyecto propone un sistema pensional basado en cuatro pilares: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario o complementario. 

El pilar solidario pretende beneficiar a más de 2,5 millones de personas no pensionadas, como aquellos en situación de pobreza que recibirán un ingreso mensual garantizado. 

El pilar semicontributivo ofrece cobertura a quienes han cotizado entre 300 y 999 semanas, y facilita la pensión a madres de hijos inválidos con al menos 1.000 semanas cotizadas. 

El pilar contributivo establece que los trabajadores aportarán a Colpensiones hasta los 2,3 salarios mínimos, mientras que aquellos con ingresos superiores pueden optar por fondos privados. 

Finalmente, el pilar de ahorro voluntario permite a los individuos mejorar su ahorro personal para la vejez.

El artículo 85 del proyecto, relacionado con el tratamiento tributario, especifica la exención de impuestos, tasas y contribuciones nacionales para los fondos involucrados en los pilares solidario, semicontributivo y contributivo, así como los recursos destinados al pago de bonos y cuotas de estos fondos pensionales. 

Se confirma además que el umbral de cotización en Colpensiones se mantiene en 2,3 salarios mínimos y aquellos pensionados que reciban ingresos superiores a 1.000 unidades de valor tributario deberán contribuir con el impuesto sobre la renta.

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