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Corte Constitucional devuelve personería jurídica al movimiento ‘En Marcha’ de Juan Fernando Cristo
El alto tribunal ordenó revisar de nuevo la legalidad del reconocimiento del movimiento político, al considerar que se vulneró su derecho al debido proceso.

La Corte Constitucional revocó la decisión adoptada en agosto de 2024 por el Consejo de Estado que le había retirado la personería jurídica al movimiento político En Marcha. Según el alto tribunal, esa determinación vulneró el derecho al debido proceso de dicha colectividad.
La Corte ordenó que la Sección Quinta del Consejo de Estado revise nuevamente la legalidad del reconocimiento de la personería jurídica, teniendo en cuenta que En Marcha integró la coalición Alianza Verde y Centro Esperanza, suscribiendo un acuerdo político válido y estando debidamente registrado ante el Consejo Nacional Electoral como movimiento sin personería jurídica.
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Además de proteger los derechos del movimiento, la Corte exhortó al Congreso de la República a expedir, con carácter prioritario, la regulación pendiente establecida en el inciso 5 del artículo 262 de la Constitución.
Esta disposición está relacionada con la inscripción de candidatos y listas propias o en coalición para cargos uninominales y corporaciones públicas.
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