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Registraduría podrá negar inscripción de nombres que afecten a un niño
Ciertos nombres podrían generar matoneo en el proceso de desarrollo de los niños, recalcó el director nacional de Registro Civil
La norma no limita la libertad que tienen los padres para darle un nombre a sus hijos, sin embargo, la Registraduría Nacional podrá abstenerse de darle el registro a nombres que podrían causarle bullying a un menor debido a múltiples razones como tratarse de una descripción denigrante u ofensiva contra un niño, niña o adolescente.
Se registraron 619.504 niños hasta la fecha del 31 de diciembre del año 2020 en donde los padres tomaron la decisión de ponerles nombres a sus hijos de artistas y deportistas como Cristiano, James, Neymar, Maluma y algunos un tanto exóticos, como Chespirito, Warnerbro y Joku.
Rodrigo Pérez Monroy afirmó: “No se niega la inscripción, pero sí hay oposición de escribir en el registro notarial una expresión grotesca y ofensiva que de ninguna manera describe la personalidad o individualidad de ese menor, por consiguiente, se podría apelar a la objeción de conciencia que se encuentra claramente regulada en la Constitución Política”.
Se hace énfasis en que los padres no pueden ponerle un nombre a un niño bien ya sea por gusto u ocurrencia que pueda en un futuro influir en el libre desarrollo de su personalidad o que le pueda causar problemas de socialización.
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