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Presidente Gustavo Petro firma ley que protege a víctimas de los biopolímeros
Una medida que contribuye a mejorar los tratamientos estéticos en Colombia que incluso da cárcel.
El presidente Gustavo Petro firmó una nueva ley que busca proteger a las víctimas de biopolímeros, esclareciendo a la población sobre las sustancias modelantes permitidas y las que no lo son en el territorio colombiano.
El documento legal tiene el propósito de “establecer un tipo penal de lesiones personales causadas por sustancias modelantes no autorizadas, tales como los biopolímeros.
Asimismo, la ley se encarga de regularizar la aplicación, comercialización y uso de ciertas sustancias modelantes. Además, se instauran medidas de protección para las víctimas y se promueve la implementación de estrategias preventivas en este ámbito.”
Dentro de los detalles más relevantes, el texto especifica las consecuencias legales para quienes utilicen sustancias prohibidas en procedimientos estéticos.
“Todo individuo que inyecte o aplique en el cuerpo de una persona sustancias modelantes no autorizadas, enfrentará una pena de prisión que oscila entre treinta y dos (32) y ciento veinte (120) meses, además de una multa que va desde ciento cincuenta (150) hasta doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La ley endurece las sanciones para los profesionales de la salud que cometan estos actos. “Si un profesional de la salud realiza tales prácticas, su condena será de noventa y seis (96) a ciento ochenta (180) meses de prisión, acompañada de una multa que varía entre doscientos (200) y trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Adicionalmente, se le prohibirá ejercer su profesión por un periodo de sesenta (60) meses”, detalla el documento.
El Ministerio de Salud, en conjunto con el Invima, tiene la responsabilidad de publicar, en los próximos tres (3) meses, un listado detallado de las sustancias modelantes autorizadas en el país.
Por otro lado, el Ministerio de Salud y Protección Social tiene un plazo de tres (3) meses, tras la aprobación de la ley, para incluir en el Plan de Beneficios en Salud (PBS) el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y procedimientos para el retiro o manejo de biopolímeros no autorizados. Esto también incluye la cobertura de medicamentos y tratamientos de salud mental y apoyo psicosocial para las víctimas afectadas.
Finalmente, se establece la obligatoriedad de difundir toda la información relativa a las medidas adoptadas y los mecanismos de consulta, garantizando que la población esté informada sobre las acciones implementadas en relación a esta problemática.
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