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Disturbios en elecciones de octubre de 2023: tres sujetos a pagar 60 años de prisión por muerte de funcionaria

Incendiaron sede de la Registraduría de Gamarra, Cesar, en donde falleció una servidora.

Implicados en muerte de funcionaria de Registraduría en Gamarra
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 07/08/2025 - 10:06 Créditos: Implicados en muerte de funcionaria de Registraduría en Gamarra. Tomada de Fiscalía

El actuar violento de un grupo de ciudadanos que ingresó en medio de golpes a la sede de la Registraduría municipal de Gamarra (Cesar), incendió la edificación, ocasionó la muerte a
una funcionaria de la entidad y dejó seis personas heridas, recibió la máxima pena que contempla la ley penal colombiana.

El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar dejó en firme la condena a 60 años de prisión en contra de Yuberlys Bermúdez Rubiano, Isaías Peña Oliveros y William Castro Torrado.

Esto por su participación en los hechos ocurridos el 28 de octubre de 2023; y reafirmó su responsabilidad en los delitos de homicidio y tentativa de homicidio, ambas conductas agravadas; e incendio.

Las pruebas aportadas por una fiscal de la Dirección de Apoyo Territorial dan cuenta de que, en medio de una manifestación por una decisión electoral que afectaba los intereses políticos de un candidato específico, varias personas entraron abruptamente a la de Gamarra, donde se encontraban varios funcionarios trabajando, y le Registraduría prendieron fuego.

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Isaías Peña Oliveros y su esposa, Yuberlis Bermúdez Rubiano, ocultaron y trasladaron una pimpina de gasolina en un coche de bebé.

Por su parte, William Castro Torrado y otros dos hombres recibieron el combustible, que fue rociado y usado para incendiar el inmueble.

Esta acción ocasionó la muerte a una servidora y generó quemaduras de gravedad a otras seis personas.

En mayo del año en curso, una juez penal especializada de Valledupar (Cesar) condenó a estas tres personas. Ahora, la sentencia es confirmada en segunda instancia por el Tribunal Superior de Cesar.

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