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Corte Constitucional reduce las semanas de cotización para las mujeres afiliadas a fondos privados

Podrán cotizar 1.000 semanas antes de recibir el beneficio de su pensión. Detalles de la Sentencia del Alto Tribunal.

PENSIONADA
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 29/02/2024 - 19:45 Créditos: iStock

La Corte Constitucional derogó el requisito que tenían las mujeres para pensionarse en fondos de ahorro privados, el cual exigía al menos 1.150 semanas cotizadas para acceder a la pensión de vejez.

La Sentencia C-054 de 2024 del Alto Tribunal declaró inconstitucional la exigencia de 1.150 semanas cotizadas. Por lo tanto, las mujeres afiliadas al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad podrán cotizar 1.000 semanas antes de recibir el beneficio de su pensión.

La decisión tendrá efectos diferidos hasta el 31 de diciembre de 2025, según informó la Corte Constitucional este jueves 29 de febrero. Con este fallo, las mujeres podrán pensionarse con menos de 1.150 semanas en el régimen privado, al igual que ocurre en el régimen público.

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"Diferir los efectos de la presente decisión hasta el 31 de diciembre de 2025, para que en dicho lapso el Congreso de la República, en coordinación con el Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, adopte medidas afirmativas que compensen las condiciones desfavorables que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral", dice la Sentencia.

De esta manera, a partir del 1 de enero de 2026, se reducirán 15 semanas por año hasta que el requisito para que las mujeres accedan a su pensión de vejez sea de solamente 1.000 semanas en 2036.

Además, la Sala resaltó que los beneficiarios de la garantía de pensión mínima son los afiliados de bajos recursos que no disponen de capital suficiente en su cuenta de ahorro individual para financiar una pensión que alcance, como mínimo, un salario mínimo.

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