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Corte Suprema ratifica condena contra líder de la barra de Nacional, Felipe Muñoz

Alto Tribunal confirma la condena por inducir un aborto sin consentimiento y exige investigar el impacto psicológico y físico en la víctima.

Andrés Felipe Muñoz
Por Agencia Periodismo Investigativo | Vie, 07/03/2025 - 14:33 Créditos: El Espectador

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ha ratificado la condena contra Felipe Muñoz por el delito de aborto sin consentimiento, en un caso ocurrido en Medellín en febrero de 2018. Además, ha ordenado a la Fiscalía investigar las posibles secuelas psicológicas y físicas que sufrió la víctima, quien fue engañada para interrumpir su embarazo.

El caso se remonta a una relación esporádica entre Milena Uribe y Felipe Muñoz, de la cual resultó un embarazo. A pesar de la insistencia del hombre para que abortara, la mujer se negó. Sin embargo, durante un encuentro para realizar exámenes de laboratorio, el acusado le suministró una bebida con una sustancia abortiva. Como consecuencia, la mujer fue hospitalizada y sometida a un legrado uterino.

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Inicialmente, un juez local absolvió al acusado, pero el Tribunal Superior de Medellín revocó esa decisión y lo condenó a 85 meses de prisión. La defensa del acusado llevó el caso a la Corte Suprema, que finalmente ratificó la condena, dando pleno crédito al testimonio de la víctima y descartando que su condición de salud previa fuera la causa del aborto.

La Corte Suprema destacó la clara relación entre la sustancia suministrada por el acusado y la interrupción del embarazo, señalando que la "amenaza de aborto" que presentaba la víctima era una condición estable, mientras que la ingesta del fármaco provocó una reacción inmediata y determinante.

Además, la Sala enfatizó la necesidad de un análisis profundo del caso, con una perspectiva de género, para evaluar integralmente los daños sufridos por la víctima. Se consideró que Muñoz, líder de la barra Los Del Sur de Nacional, actuó con desprecio por la autonomía de Milena Uribe, imponiendo su deseo de interrumpir el embarazo y ejerciendo violencia reproductiva, lo que refleja un acto de discriminación de género.

La Corte subrayó la importancia de una justicia con perspectiva de género, que valore los hechos y pruebas sin sesgos y garantice la protección integral de los derechos de la mujer. Por ello, se ordenó compulsar copias a la Fiscalía para investigar los daños ocasionados a la víctima.

Este fallo marca un precedente importante en la lucha contra la violencia reproductiva y el reconocimiento de los derechos de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos.

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