Publicidad

 
Publicidad

Viajeros canadienses deberán pagar tarifa para ingresar a Colombia

¿Cuánto y desde cuándo? Aquí le contamos

Migración 25
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 30/10/2023 - 16:18 Créditos: EV

A partir del próximo 1 de noviembre, los viajeros de nacionalidad canadiense que ingresen a territorio nacional deberán volver a pagar una tarifa por el procedimiento de control y verificación migratoria en el sistema, como se hacía hasta julio de 2019. 

Así lo determinó Migración Colombia mediante la resolución 2676 de 2023 "por medio de la cual, se establece un cobro para el ingreso de nacionales canadienses por efectos de reciprocidad frente a los costos ocasionados por la imposición de datos biométricos a los nacionales colombianos". 

La tarifa a pagar será de $256.000 pesos o su equivalente en dólares canadienses, de acuerdo con la tasa de cambio representativa del mercado. Es posible realizar el pago en dólares canadienses, equivalente al valor en pesos.

Lea sobre otro tema (Balón de oro femenino: Linda Caicedo entre las 10 mejores del mundo)

Respecto al método de pago, los viajeros deben efectuar el pago a través de datáfono durante el proceso de control migratorio al ingresar al país, en cualquiera de los puestos de control aéreo, marítimo, fluvial y terrestre habilitados por Migración Colombia.

Sin embargo, Migración Colombia señaló que habrá casos en los cuales no aplica y son los siguientes:

-Los ciudadanos canadienses cuyo destino de ingreso y permanencia en Colombia sea el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. 

-Los canadienses menores de 14 años y mayores de 79 años. 

Lea también (Tapón del Darién: Procuraduría insta al Gobierno a recuperar el daño ambiental)

-Los ciudadanos canadienses titulares de visa colombiana vigente, agentes diplomáticos, consulares, personal oficial y sus beneficiarios, siempre y cuando se identifiquen con documento de viaje que los acredite como tal. 

-Miembros de la tripulación de medios de transporte internacional, condición que deberá ser soportada y verificada en la Declaración General, el Libro Marino, la lista de tripulantes o el documento que haga sus veces. 

Finalmente, se establece que el incumplimiento de este pago será causal de inadmisión en el territorio colombiano por lo que se ordenará el retorno al país de embarque.

Otras noticias

 

 

 

Etiquetas