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CRC impugna sentencia de Consejo de Estado que ordena control a mensajes presidenciales
El organismo regulador advierte exceso en competencias y posibles riesgos institucionales por fallo del Consejo de Estado.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) interpuso un recurso de apelación contra la decisión proferida por el Consejo de Estado que le ordena ejercer control previo sobre las alocuciones del presidente de la República.
La entidad argumenta que la medida judicial no solo se aparta de las competencias que le han sido conferidas por el ordenamiento jurídico, sino que también podría representar una limitación a la libertad de expresión del jefe del Estado.
El pronunciamiento de la CRC fue divulgado días después de que permitiera la transmisión de una intervención del presidente Gustavo Petro a través de la televisión pública, en la cual anunció el relevo del director de la Policía Nacional, general Carlos Fernando Triana, tras los hechos registrados en Amalfi, Antioquia, el 21 de agosto de 2025, donde trece uniformados perdieron la vida como consecuencia de un ataque armado.
En su recurso de impugnación, la Comisión expone que la sentencia dictada el 16 de septiembre excede las atribuciones legales que le han sido asignadas, al pretender que dicha entidad regule el contenido de los mensajes emitidos directamente por el mandatario de la nación.
Según los argumentos presentados, la CRC es un organismo técnico cuya función se limita a regular y vigilar el comportamiento de los operadores del servicio público de televisión, sin que sus responsabilidades incluyan la supervisión de contenidos institucionales provenientes de la Presidencia.
La CRC señala que la imposición de tareas ajenas a su naturaleza regulatoria puede generar consecuencias institucionales que alteren el equilibrio entre los poderes del Estado.
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En particular, advierte sobre el riesgo de que se abra un precedente en materia de control de las comunicaciones oficiales del Ejecutivo, lo cual podría incidir en la manera en que el presidente ejerce su derecho a dirigirse a la ciudadanía a través de los canales oficiales del Estado.
La Comisión enfatiza que no corresponde a su mandato ejercer funciones de censura, ni efectuar valoraciones sobre el contenido de las intervenciones presidenciales.
En ese sentido, solicita al Consejo de Estado la revocatoria de la sentencia, al considerar que esta compromete la autonomía de la entidad y puede interferir en el ejercicio de derechos fundamentales consagrados en la Constitución, como el de libertad de expresión y el de libre información de la ciudadanía.
Mientras se resuelve el recurso, la CRC ha continuado con la implementación de lo ordenado por la autoridad judicial. Según lo reportado, el pasado miércoles la entidad rechazó inicialmente una solicitud de alocución presidencial al no haberse cumplido los requisitos formales exigidos para su trámite.
Sin embargo, una vez la Presidencia subsanó las deficiencias procesales, la Comisión autorizó la emisión del mensaje del jefe del Estado en la televisión pública.
Como parte de los requisitos establecidos, la CRC determinó que las solicitudes de intervención presidencial deben radicarse con una antelación mínima de cuatro horas, parámetro que se cumplió en esta ocasión.
El mensaje fue transmitido alrededor de las 7:30 p. m., según se conoció durante la intervención el presidente Gustavo Petro anunció la salida del general Triana del cargo de director de la Policía Nacional, medida que vinculó directamente con los hechos ocurridos en Amalfi.
El mandatario explicó que la decisión fue adoptada como respuesta a la gravedad del ataque y a la necesidad de realizar ajustes en la cúpula de la institución encargada del orden público. Indicó, además, que en próximas intervenciones presentará un informe detallado sobre el desarrollo de las investigaciones relacionadas con dicho atentado.
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