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Corte Constitucional revoca intervención de la EPS Sanitas

La Corte ordenó dejar sin efecto las resoluciones con las que la Supersalud intervino a Sanitas.

EPS SANITAS 30 JULIO
Por Agencia Periodismo Investigativo | Jue, 26/06/2025 - 20:53 Créditos: Colprensa

La Corte Constitucional revocó las decisiones de la Superintendencia Nacional de Salud que ordenaban la intervención de la EPS Sanitas, al considerar que se vulneró el derecho fundamental al debido proceso. La decisión fue adoptada por la Sala Plena cuya ponencia estuvo a cargo del magistrado Juan Carlos Cortés González.

La acción de tutela fue interpuesta por varias entidades del Grupo Keralty —entre ellas Clínica Colsanitas S.A., Medisanitas S.A.S., Keralty S.A.S., Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A., EPS Sanitas S.A.S.— y por el directivo Juan Pablo Rueda Sánchez. Los accionantes alegaron que la intervención de la EPS por parte de la Supersalud desconocía sus garantías constitucionales, en particular el derecho al debido proceso.

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En su decisión, el alto tribunal revocó un fallo de la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia del 10 de julio de 2024, que a su vez había confirmado un fallo del Tribunal Superior de Bogotá, ambos contrarios a la tutela. A diferencia de estas instancias, la Corte Constitucional concluyó que sí se presentó una vulneración de derechos fundamentales.

Por ello, la Corte dejó sin efecto tres resoluciones clave de la Superintendencia Nacional de Salud:

  • La Resolución 2024160000003002-6 del 2 de abril de 2024, que ordenó la toma de posesión y la intervención administrativa de la EPS Sanitas por un año.
  • La Resolución 2024100000003060-6 del 10 de abril de 2024, que realizó correcciones sobre la anterior.
  • Y la Resolución 2025320030001947-6 del 1 de abril de 2025, que prorrogaba la medida por un año más.

Además, la Corte ordenó remitir la providencia y sus antecedentes a la Sala Especial de Seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008, instancia encargada de vigilar que se cumplan los parámetros constitucionales en el sistema de salud. 

Con esta decisión, el Alto Tribunal reafirma el alcance del debido proceso incluso en contextos administrativos complejos como las intervenciones en el sector salud.

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