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Caso Interbolsa: Colombia se salva de pagar $108.000 millones

Un fallo clave protege las finanzas del Estado en un caso millonario.

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Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 05/03/2025 - 14:12

El Consejo de Estado determinó que el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín) no es responsable de la pérdida de acciones que sufrió la empresa Cromas S.A. tras la liquidación de la comisionista Interbolsa en 2012. Con esta decisión, el Estado evitó una condena de $108.000 millones.

El caso se originó tras la crisis de Interbolsa S.A., que en noviembre de 2012 fue intervenida y liquidada por la Superintendencia Financiera debido a serias irregularidades y problemas financieros. 

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Dentro de sus operaciones, la comisionista realizó múltiples transacciones con acciones de Odinsa S.A., algunas de las cuales involucraban a Cromas S.A.

Tras la liquidación, Cromas S.A. demandó a Fogafín alegando que perdió la propiedad sobre sus acciones de Odinsa S.A. debido a que el liquidador de Interbolsa no ejecutó la recompra de estos activos financieros. La compañía sostenía que Fogafín tenía la responsabilidad de supervisar la liquidación e impedir que situaciones como esta se presentaran.

Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que Fogafín no tenía competencia para intervenir en decisiones específicas del liquidador y que su función se limitaba únicamente al seguimiento del proceso de liquidación. Además, el tribunal estableció que las decisiones sobre la recompra de acciones fueron tomadas de manera autónoma por el liquidador, quien sí tenía la responsabilidad directa sobre las operaciones financieras de Interbolsa.

En su fallo, el Alto Tribunal respaldó la gestión de Fogafín y descartó la existencia de una falla en la vigilancia. Por ello, rechazó la solicitud de Cromas S.A., que pretendía una compensación de $108.060 millones por la pérdida de sus acciones.

De haber prosperado la demanda, el Estado habría tenido que asumir el millonario pago. Sin embargo, la decisión del Consejo de Estado ratificó que Fogafín actuó conforme a la ley y no incurrió en omisión alguna en sus funciones de supervisión.

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