Publicidad
Publicidad
Dian define el calendario tributario 2026: estas son las fechas clave para declarar
La Dian fijó los plazos para renta, IVA y otros tributos que deberán cumplir los contribuyentes durante 2026.
El Gobierno Nacional, a través de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), definió el calendario tributario que regirá durante el año 2026, en el que se establecen los plazos y fechas clave para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales a nivel nacional.
El cronograma aplica para los impuestos nacionales e incluye tanto obligaciones formales como sustanciales, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2229 de 2023, que estableció que los vencimientos se fijan en días hábiles.
Le sugerimos leer (Metro de Bogotá inicia pruebas dinámicas de sus trenes y avanza hacia la operación en 2028)
Según la Dian, los plazos para la presentación de la declaración y el pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios de personas naturales y sucesiones ilíquidas, correspondientes al año gravable 2025, irán del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT. Estos mismos plazos aplican para las personas naturales residentes en el exterior que estén obligadas a declarar en Colombia.
Para los grandes contribuyentes, la declaración del impuesto de renta del año gravable 2025 deberá presentarse y pagarse en tres cuotas. La primera será entre el 10 y el 23 de febrero de 2026; la segunda, junto con la presentación de la declaración, entre el 13 y el 24 de abril; y la tercera, entre el 10 y el 24 de junio de 2026, según el último dígito del NIT.
En el caso de las personas jurídicas que no están calificadas como grandes contribuyentes, el pago del impuesto se realizará en dos cuotas iguales: la primera entre el 12 y el 26 de mayo y la segunda entre el 9 y el 23 de julio de 2026.
Por otro lado, quienes pertenezcan al Régimen Tributario Especial deberán realizar la actualización anual del registro web a más tardar el 30 de junio de 2026. Además, deberán presentar la memoria económica si durante el año anterior superaron ingresos por 160.000 UVT.
En materia del Impuesto sobre las Ventas (IVA), los contribuyentes con ingresos iguales o superiores a 92.000 UVT deberán declarar de manera bimestral, con vencimientos distribuidos a lo largo del año entre marzo y noviembre de 2026. Quienes tengan ingresos inferiores a ese umbral deberán hacerlo de forma cuatrimestral.
Asimismo, los responsables del Impuesto Nacional al Consumo, del impuesto a la gasolina y al ACPM, del impuesto al carbono y de los tributos a productos ultraprocesados cuentan con calendarios específicos, en su mayoría con periodicidad bimestral o mensual.
Finalmente, el calendario tributario también fija fechas para otras obligaciones relevantes, como la declaración de activos en el exterior, aplicable a quienes posean activos superiores a 2.000 UVT; el régimen de precios de transferencia; la presentación del informe país por país; el Régimen Simple de Tributación (RST); y el Impuesto al Patrimonio, que deberán declarar los contribuyentes con un patrimonio líquido igual o superior a 72.000 UVT, equivalente a $3.770 millones para el año 2026.
Otras noticias
Etiquetas