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JEP rechaza tutela de excabecillas de las Farc en juicio por secuestros
La magistratura señaló que el proceso aún no llega a la etapa de sentencia y que existen recursos judiciales para resolver las controversias.

La Sección de Revisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) declaró improcedente la acción de tutela interpuesta el pasado 24 de julio por los exjefes del último Secretariado de las Farc en el proceso que enfrentan por secuestros.
El Alto Tribunal precisó que el caso se encuentra en una etapa previa a la emisión de la sentencia y que los comparecientes cuentan con mecanismos judiciales idóneos para resolver sus inconformidades dentro del marco de la justicia transicional.
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La magistratura recordó que, en caso de desacuerdo con la decisión que adopte la Sección de Reconocimiento de Verdad, procede el recurso de apelación ante la Sección de Apelación, que puede revisar todo el procedimiento. Hasta entonces, señaló, no se han agotado los mecanismos previstos para dirimir controversias por la vía dialógica y no contenciosa, en coherencia con el reconocimiento de responsabilidad ya efectuado por los comparecientes.
En cuanto a las solicitudes de la defensa, la JEP concluyó: Modificación de calificaciones jurídicas: aún existen medios procesales para discutir este punto antes de la sentencia. Conflicto de competencias: los sujetos procesales, como exintegrantes de las Farc-EP o miembros de la Fuerza Pública, no están legitimados para alegarlo ante el juez constitucional.
Crítica a la facultad de las víctimas de presentar proyectos de sanción propia: se trata de escenarios hipotéticos que no han ocurrido, por lo que la solicitud es inexistente. Resolución Única de Conclusiones: la Ley 1957 no obliga a unificar en un solo documento las conclusiones de todos los procesos contra una persona, y la ruta definida por la Sección de Reconocimiento de Verdad permite alcanzar el mismo objetivo.
La Sección de Revisión destacó que la JEP ha garantizado plenamente los derechos fundamentales de los comparecientes, tramitando con rigor y exhaustividad cada recurso interpuesto, en estricto cumplimiento de los fines del sistema transicional.
El tribunal reiteró que si en el futuro se presentan irregularidades concretas que vulneren derechos fundamentales, los exjefes guerrilleros podrán acudir a los recursos previstos en cada etapa, incluida la apelación final.
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