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Ordenan al ICBF proteger a mayores de 25 años en condiciones de vulnerabilidad

El fallo busca evitar el abandono social y garantizar derechos como la educación, la salud y el trabajo a quienes superan la edad límite de protección del instituto.

ICBF24
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mié, 03/09/2025 - 16:30 Créditos: Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

La Corte Constitucional ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) adoptar medidas de protección integral para personas mayores de 25 años que permanecen bajo su cuidado en condiciones excepcionales de vulnerabilidad. El objetivo es asegurar sus derechos fundamentales a la dignidad humana, la educación, la salud, el trabajo y el mínimo vital, incluso después de su egreso del sistema.

La decisión fue tomada por la Sala Segunda de Revisión, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés González, a partir de la tutela presentada por "Daniel" contra el ICBF. El accionante alegó que la entidad vulneró sus derechos al terminar la medida de protección sin considerar sus dificultades para construir un proyecto de vida ni su ausencia de red de apoyo.

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En el caso concreto, la Corte protegió los derechos del joven, cuya historia de vida incluye abandono de sus padres y reclusión en una cueva durante la niñez. 

El Alto Tribunal consideró que el ICBF no aplicó un enfoque diferencial al finalizar su medida de protección, pues no tuvo en cuenta su estado de salud física y cognitiva actualizado.

Por ello, ordenó al ICBF realizar un diagnóstico multidisciplinario para determinar si "Daniel" debe continuar bajo el cuidado del sistema de bienestar familiar. De confirmarse esta necesidad, la entidad deberá diseñar una modalidad de atención que respete su condición y garantice espacios diferenciados, evitando la cohabitación con niños, niñas y adolescentes.

A nivel general, la Corte exigió al ICBF ajustar sus lineamientos institucionales para atender a adultos mayores de 25 años en situación de vulnerabilidad, aplicando un enfoque diferencial que considere edad, género, salud, antecedentes de maltrato o abandono y sus implicaciones en el desarrollo personal y profesional. 

Además, deberán incluirse mecanismos de articulación con el Servicio Público de Empleo y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar, con el fin de garantizar un egreso digno y un proyecto de vida viable para esta población.

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