Ocho días después que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MinTic, impusiera una multa de $3.500 millones a la empresa Claro por incumplir con un contrato por un billón de pesos para conectar a internet 7.468 centros digitales en municipios pobres del país, heredado tras el escándalo de Centros Poblados y el contratista Emilio Tapia; la multinacional acaba de obtener otro millonario negocio que deja más dudas que certezas.
Este viernes, en la la noche, la Fiscalía General de la Nación, oficializó la adjudicación de una millonaria licitación por $179.584 millones. Esta con el propósito de suministrar durante los próximos tres años los servicios de telecomunicaciones de red la corporativa Wan-Lan, seguridad informática y videoconferencia para el organismo investigador.
El ganador fue la Unión Temporal Fiscalía Seguridad Integral, conformada por Comunicación Celular SA Comcel SA, hoy Claro, con el 69.73%, Sonda Colombia S.A que tiene una participación del 20.27% y Teseract SAS, con el 10%. Sin advertirlo, al revisar sus antecedentes, esta última tiene vínculos con el exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons, condenado por corrupción en el manejo de las regalías.
Un exmandatario que fue sentenciado por la Corte Suprema de Justicia, el 21 de marzo de 2018, a cinco años y tres meses de prisión por el delito de concierto para delinquir agravado en virtud de un preacuerdo suscrito con la Fiscalía. Ante los fiscales reconoció que fue promotor de un acuerdo criminal con ocho personas para apropiarse de recursos públicos provenientes de las regalías, entre ellos, Maximiliano García Basanta, hombre cercano a los socios de Teseract.
Este es el hilo conductor, de lo que para unos es un grave indicio y para otros una simple coincidencia que no tiene ningún efecto en la adjudicación del millonario negocio. Registros mercantiles consultados por la Agencia de Periodismo Investigativo, API, desenredan un ovillo que ni la Fiscalía, ni el mismo oferente consideró pertinente informar los entretelones del negocio.
Todo se originó, el 22 de octubre de 1993 en la Notaría 46 del Círculo de Bogotá. Mediante la escritura 02236 se constituyó la sociedad Teseract Ltda. El objeto social fue el desarrollo de la prestación de todo tipo de servicios en el campo de la electrónica y los sistemas, la fabricación, importación, exportación, distribución, arrendamiento, mantenimiento, ensamble. Además en general la compraventa y comercio de equipos y sistemas electrónicos, médico quirúrgicos, hospitalarios, de semaforización, entre otros, negocios.
Los socios fundadores con cuotas iguales y con un valor del aporte de un millón de pesos fueron; Duvert Aguilar Vargas, Alvaro Enrique García Bazanta, Diego Fernando González Hermida, Luis Eduardo Valderrama Rivera y Luis Manuel Vargas Bernal.
Siete años después, el 7 de marzo de 2005 en la misma notaría y mediante la escritura 00401, reformaron la empresa. Los socios acordaron cederle sus acciones a título de venta a Alvaro Enrique García Bazanta y a Tania Hoyos Movilla quienes aumentaron el capital social de la compañía de 5 a $45 millones.
Luego en abril de 2016 en junta extraordinaria de socios pasaron a ser una Sociedad por Acciones Simplificada. S.A.S. Sin embargo, la Fiscalía 22 Especializada en Extinción de Dominio y Lavado de Activos inició un proceso con el radicado 13293 contra los bienes de Alvaro Enrique García Bazanta. Incluso, el 7 de septiembre de 2018 el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio declaró la legalidad de la afectación decretada por la Fiscalía y el 2 de marzo de 2019 la Sala de Extinción de Dominio confirmó la determinación.
En ese momento, el Tribunal mantuvo las medidas cautelares en virtud del material probatorio que demostraba que Alejandro Lyons Muskus y quien fungió como gobernador de Cordoba entre el año 2012 y 2015 se concertó con diferentes funcionarios, entre ellos, Maximiliano García Bazanta con el propósito de apoderarse de recursos públicos provenientes del Fondo de Regalías.
Un proceso además en el que se evidenció que con la muerte de Jairo Zapa, director de la Oficina de Regalías de Córdoba se conocieron hechos adicionales de corrupción. Puntualmente se cuestionaron los contratos 733 y 734 de 2013 celebrado con la Sociedad García Bazanta Asesores y Consultores SAS cuyo representante legal era Maximiliano García, quien fue investigado por los delitos de peculado por apropiación e interés indebido en la celebración de contratos.
Así mismo, según el expediente, entre los años 2012 y 2015 Alvaro García Bazanta hermano de Maximiliano aparecía como beneficiario en el sistema de salud de su esposa y socia Tania Hoyos Movilla.
A pesar de que en teoría no percibía ingresos propios, presentó un incremento patrimonial presuntamente injustificado de $1.504 millones, justo durante el periodo en el que se materializaron los hechos de corrupción en la oficina de regalias de Cordoba.
Al punto que el 31 de agosto de 2020 con ponencia del magistrado Hugo Quintero Bernate, se declaró improcedente una acción de tutela promovida por Alvaro García Bazanta y Tania Hoyos Movilla, actualmente propietaria de Teseract, con la que pretendía hacer el quite a la extinción de dominio.
Y es que el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá, le detalló a la Corte Suprema que el 7 de septiembre de 2018 declaró la legalidad de las medidas de embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo de varios bienes de García y Hoyos. Así mismo, la Sociedad de Activos Especiales, SAE, solicitó declarar improcedente la acción de tutela por no reunir los requisitos legales.
Tras el escándalo que sobrevino con la captura de Lyons y posteriormente por los implicados en el cartel de La Toga, la esposa de García Bazanta, Tania Hoyos quedó como única accionista de Teseract.
Con otro antecedente, en septiembre 16 de 2019, Martha Ines Salamanca Acosta le dirigió una comunicación a la asamblea de accionistas de Teseract, concretamente a la gerente Tania Hoyos Movilla, cuñada del exgerente de regalías del exgobernador Lyons, en donde aceptó su cargo como representante legal suplente de la empresa. Justamente fue ella quien el pasado 10 de noviembre firmó el documento de constitución de la Unión Temporal que resultó ganadora en la millonaria licitación que adjudicó la fiscalía este viernes.
“El contrato, que asciende en valor a $179.563.891.320 tiene una vigencia de tres años, el cual iniciará una vez se cumplan los requisitos legales y ejecución contractual entre ellos, la presentación y la póliza de cumplimiento”, expresó la Fiscalía mediante comunicado oficial.
Una licitación que desde el comienzo generó controversia entre los dos de los tres participantes que se presentaron inicialmente. La referida Unión Temporal Fiscalía Seguridad Integral y la UT Conecta 2022, integrada por Colombia Telecomunicaciones, S.A., ESP Bic y Dextera S.A.S, un asunto que concluyó con anticipadas decisiones de la Fiscalía.
De hecho, dos días antes que se adjudicara, el mismo ente acusador comunicó que este último oferente quedaba descalificado por la presunta alteración de una certificación. Decisión que fue ratificada en la audiencia de adjudicación de este viernes.
En concreto, se trata de una licitación que quedó en jaque por dos certificaciones, una denuncia ante el organismo de control por el presunto delito de falsedad en documento privado y hasta un cable para temperatura superior a 80 grados centígrados que fue ofrecido por la Unión Temporal Fiscalía Seguridad Integral integrada, entre otros por la compañía Claro pero que solo se puede comercializar en Perú y no está avalado por las normas Retie en Colombia.
Un proceso contractual que comenzó el pasado 31 de octubre con la expedición de la resolución 6217 proferida por la Dirección Ejecutiva de la Fiscalía, en cabeza de Astrid Torcoroma Rojas Sarmiento.
Licitación en la que se presentaron varios anexos técnicos sobre el requerimiento de las sedes a conectar, la conectividad, seguridad, videoconferencia, servicio de gestión, cableado estructurado, reubicación o traslado de los puntos de cableado, las especificaciones de los equipos ofrecidos, entre otros, suministros esenciales para poner en alto punto tecnológico al ente acusador.
Precisamente una de las exigencias técnicas realizadas fue el suministro de monitores de mínimo 55 pulgadas tipo LED con los requisitos mínimos de resolución 1920 x 1080, dos entradas de video USB, dos entradas de video HDMI, control remoto y un tiempo de vida mínimo de 40.000 horas a pesar de que el contrato tiene una duración de tres años.
Por esta razón, Colombia Telecomunicaciones contactó a la empresa Vicartechz SAS para que fuera el proveedor de dichos monitores. Uno de los empleados de la sociedad, Diego Fernando Alzate remitió la cotización LGUT640S la cual fue rechazada por la compañía porque no cumplía con los requerimientos solicitados para presentar en la licitación, es decir, no contaban con el mínimo de puertos USB ni el tiempo de vida útil.
Un hecho no menor en el proceso. Mientras a la Fiscalía General, a petición de Colombia Telecomunicaciones, le certificó que los monitores solicitados en el proceso licitatorio tenían una vida útil de 40.000 hora; al otro oferente, es decir a la Unión Temporal Fiscalía Seguridad Integral de la que hace parte su competidor Claro, le certificó una vida útil de 30.000 horas.
Así lo hizo saber en el término para la presentación de observaciones al informe de evaluación. Incluso, mediante documento, el mismo oferente UT Fiscalía Seguridad Integral, advirtió que les causaba inquietud la veracidad de la misma, pues ellos tenían una certificación suscrita por el fabricante LG a través de Lyda C. Gómez, Sales Senior Manager que indicaba que la vida útil era de 30.000 horas.
Al contactar Colombia Telecomunicaciones a su proveedor Vicartechz y al trabajador de esta, Diego Fernando Alzate indagando por este señalamiento, éste no volvió a contestar. Lo cierto es que de la empresa indicaron que se había iniciado un proceso disciplinario con la suspensión del empleado.
Entonces el asunto se siguió enredando. El 26 de noviembre el encargado del área de ingeniería de Colombia Telecomunicaciones Camilo Charum se comunicó con Taehyun Yoon directivo de LG. Este confirmó que la certificación firmada por Nicole Ramírez Rodríguez dirigida a la Fiscalía en cuanto a su contenido no era cierta pues evidentemente los monitores de esta compañía no tienen una vida útil de la 40.000 horas.
Con otro coletazo en el proceso. El Comité Técnico Evaluador del proceso licitatorio en la Fiscalía, solicitó información a todos los involucrados con la firma LG, Lyda Gómez, Nicole Ramírez y Yoon Tae Hyun. La respuesta fue aún más desconcertante. Enumeraron las inconsistencias del documento enviado por Diego Alzate y dirigido al ente acusador.
Aseguraron que la certificación 0042 fue emitida el 31 de octubre y no el 11 de noviembre, que las horas de vida útil de los monitores ofertados eran de 30.000 horas y no de 40.000, que las certificaciones de ellos tienen una vigencia de 30 días y no de 90 días, que todos los documentos emitidos deben tener una huella de agua pero esta carecía de ella y que para la fecha que se indica en el documento dirigido al ente acusador, la ingeniera Nicolle estaba incapacitada.
Al día siguiente, Colombia Telecomunicaciones presentó denuncia ante la Fiscalía por el presunto delito de falsedad en documento privado. Pero el mismo ítem de la vida hora de los monitores presentados por el otro oferente UT Fiscalía Seguridad Integral fue cuestionado en las observaciones, sin respuesta por parte de la Entidad.
El pasado 25 de noviembre, la UT Fiscalía Seguridad Integral allegó un documento que no se había presentado en la propuesta inicial. Este estaba suscrito por Samsung y certificaba el cumplimiento técnico de tres pantallas industriales QBB, QMB, y QHB. Allí se advierte un Mean Time Between Failures, MTBF, de 50.000 horas, por lo que el informe de evaluación técnica de la fiscalía indicó que superaba el tiempo mínimo requerido de 40.000 horas.
No obstante, en las observaciones se advirtió que el MTBF, no es la medida de vida útil de un aparato, si no una aproximación estadística de cuánto tiempo debe operar un número de unidades antes de que se pueda esperar una falla e incluso cita un ejemplo.
“Para probar 10.000 unidades durante 100 horas con 10 fallas. El MTBF sería de un millón de horas, lo cual no sugiere que el tiempo de vida de la unidad sea de 114 años” y advierte que un equipo que funcione ocho horas al día durará tres veces más que un dispositivo que funcione 24 horas, pero el MTBF será el mismo porque ambas unidades reciben el mismo número de horas de servicio.
Ahora bien, al presentar en la carta Samsung tres tipos de pantalla, señala que cada una es diseñada con una métrica de vigas de operación diferente, por lo cual el tiempo de vida será diferente según el modelo.
Y se advierte, “(…) la Unión Temporal Fiscalía Seguridad Integral pretende confundir a la entidad ofreciendo dos modelos de monitores sin aclarar cuál es el modelo puntual ofrecido y sin certificar el tiempo de vida de cada modelo”.
Ahora, la misma Unión Temporal entre Claro y Teseract, se alista para recibir un nuevo negocio. Esta vez en la Jurisdicción Especial para la Paz. La cuestionada alianza participa en un negocio tecnológico clave para ese tribunal.
Se trata del proceso JEP-IPS-009-2022 que tiene como propósito proveer los servicios de datacenter principal y alterno, la conectividad, seguridad interna y perimetral, telefonía contact center y monitoreo, entre otros servicios, a nivel nacional por $35.637 millones.
Lo cierto es que pese a los antecedentes de una de las firmas, los reclamos de los oferentes y la trascendencia de los servicios que se van a prestar en el organismo más importante de la justicia en Colombia, de nuevo una licitación deja más dudas que certezas y abre las puertas a nuevas alternativas contractuales para que los participantes que vieron afectados sus derechos acudan a los estrados.
Nota del editor
Tras la publicación de este reportaje, Daniel Peñaredonda, abogado de Teseract, Tania Hoyos Molina y Álvaro García Basanta, mediante comunicación escrita expuso los argumentos de sus clientes.
El apoderado indicó que se vieron injustamente involucrados en el proceso de extinción del derecho bajo el radicado 11001312000120170007901 adelantado por la Fiscalía 21 adscrita a la Unidad de Extinción de Dominio de la Fiscalía General de la Nación. "Este proceso fue resuelto a su favor el día 27 de enero de 2022 por el Juzgado segundo de Extinción de Dominio de Bogotá, ordenando la devolución de los bienes afectados y negando la procedencia de la extinción de dominio solicitada por la mencionada fiscalía", indicó, el representante legal.
Adicionalmente, explicó ante los vínculos entre los años 2012 y 2015 de Álvaro García Bazanta, hermano de Maximiliano como beneficiario en el sistema de salud de su esposa y socia Tania Hoyos Movilla, y la aparición de un incremento patrimonial injustificado, que: "esas afirmaciones fueron el único sustento que presentó la Fiscalía para soportar su pretensión de extinción y consecuentemente afectar con medidas de cautela los bienes de mi representado, situación que fue desvirtuada por parte de esta defensa, al demostrar los documentos contables y la respectiva trazabilidad de los dineros con los cuales fueron adquiridos cada uno de los bienes afectados, así como el historial patrimonial de la empresa". Y resaltó que se interpuso una tutela para garantizar el derecho al debido proceso de sus representados.
En otro aparte de su comunicación, el abogado Peñaredonda argumentó que el proceso obedeció a un error judicial que afectó algunos de los bienes de sus representados y precisó que la referida sentencia no fue apelada por la Fiscalía que adelantaba dicho trámite ni por el Ministerio Público y actualmente se encuentra en grado de consulta ante el Tribunal Superior de Bogotá Sala de Extinción de Dominio.
Según el abogado: "quedó absolutamente claro que los señores Tania Hoyos Movilla, Álvaro García Bazanta, ni la empresa Teseract S.A.S tuvieron vínculos con el exgobernador de Córdoba Alejandro Lyons, ni suscribieron contrato alguno con dicha administración, dicha situación fue corroborada por la fiscal 23 seccional Dinaco quien adelantó el tramite por hechos relacionados por corrupción en el desarrollo de los convenios suscritos con la referida Gobernación".
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