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Banco de la República aclara carta enviada a la Corte sobre la Reforma Pensional
La entidad lamentó las interpretaciones erradas y pidió un plazo razonable para cumplir con los procesos tras la suspensión provisional de la ley.

El Banco de la República lamentó las interpretaciones erradas que se han hecho públicas sobre la carta enviada a la Corte Constitucional en relación con la Ley 2381 de 2024, que reforma el sistema pensional en Colombia. La entidad aseguró que su único propósito fue obtener claridad jurídica y proponer un plazo razonable para cumplir con las obligaciones que le asigna la normativa.
En un comunicado oficial, el Banco reiteró su compromiso con el cumplimiento de la ley, especialmente en lo relacionado con la creación y operación del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo (FAPC), del cual es custodio.
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No obstante, explicó que los procesos que venía adelantando —como la firma del contrato con el ministerio de Hacienda, la selección de administradores externos y la designación de miembros del Comité Directivo del FAPC— se vieron interrumpidos tras el comunicado emitido por la Corte Constitucional el pasado 17 de junio de 2025.
Ese día, la Corte anunció la suspensión provisional de la entrada en vigencia de la ley, decisión que estará vigente hasta que se pronuncie de forma definitiva sobre su constitucionalidad. Según el Banco, este hecho generó dudas sobre la vigencia de la ley y los decretos reglamentarios, lo cual detuvo el avance de los trámites institucionales.
En ese contexto, el Banco solicitó a la Corte la posibilidad de que la ley entre en vigencia tres meses después del fallo definitivo, en lugar del día siguiente, como se interpretó preliminarmente del comunicado. Para la entidad, sería invialbe cumplir en tan corto plazo con las tareas pendientes, dada la complejidad de los procesos que requiere la implementación del FAPC.
Finalmente, el Banco subrayó que la carta dirigida a la Corte no tenía otro propósito que buscar claridad jurídica y garantizar un cumplimiento riguroso y ordenado de las disposiciones legales, conforme a lo que defina la Corte Constitucional.
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