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El auto fantasma que tiene enfrentados a la Policía y la Rama judicial

Drama de cientos de ciudadanos cuyos vehículos son embargados por pleitos entre particulares. Pagan sus deudas y la recuperación de sus carros se convierte en una odisea. Los autos desaparecen, son desmantelados o alquilados y el asunto revierte en millonarias demandas contra el Estado. Al menos 5.000 automóviles en líos.

Por Agencia Periodismo Investigativo |

Incumplir una promesa se le convirtió en un calvario a Blanca Esneda Cardona Cardona. Fue demandada civilmente para que cumpliera. Su automóvil fue embargado, secuestrado e incautado por la Policía. Arregló el pleito con su demandante pero su carro desapareció. Ahora, entre la Policía y la Rama Judicial se señalan mutuamente. Nadie responde y el automóvil sigue perdido.

Alivio Huertas Becerra se cansó de esperar. No lo pensó dos veces. Acudió ante los jueces civiles para que Cardona cumpliera la promesa de venderle el lote Mirador de los Lanceros en Paipa, Boyacá. 

Cinco meses después de aquella demanda, el 24 de noviembre de 2008, el juez 54 Civil Municipal de Bogotá libró mandamiento de pago. Es decir, le ordenó a Cardona que cumpliera lo pactado y determinó como medida cautelar el embargo y secuestro del vehículo de su propiedad de placas BOZ-928.

Tres años después de la orden, la Policía Nacional a través de la SIJIN, inmovilizó el vehículo y lo dejó a órdenes del juzgado en el parqueadero New Buenos Aires SAS, ubicado en la Avenida Caracas con calle 23 sur en Bogotá.

El eterno tiempo de los procesos siguió avanzando. En marzo de 2014, Alipio Huertas y Blanca Esneda Cardona fumaron la pipa de la paz y arreglaron sus diferencias. Después de un pleito de seis años llegaron a un acuerdo. Los dos solicitaron al juez terminar el proceso por arreglo mutuo.

Inmovilización


Sin mucha espera, el 6 de junio de 2014 el juez 54 civil municipal terminó el proceso y ordenó el levantamiento de las medidas cautelares. En otras palabras, el desembargo y entrega del vehículo a Cardona.

Con la orden de entrega del Juzgado, Esneda fue al parqueadero y buscó su carro. Pero se encontró con varias sorpresas. La primera, que el parqueadero New Buenos Aires SAS le había cedido los derechos del contrato al parqueadero Parking Express A & J Solutions SAS; la segunda que a su carro se le había renovado el SOAT y se le había realizado juiciosamente la revisión técnico mecánica y la tercera que el parqueadero se rehusó a entregarle el vehículo.

Cardona le informó al juzgado de lo sucedido pero no recibió respuesta. Frustrada decidió acudir a la justicia. Denunció penalmente al juez 54 civil municipal por el delito de peculado por uso y demandó a la Nación, esto es a la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, ya que a su juicio el juzgado incumplió su función, argumentando que el parqueadero al que fue remitido su vehículo por la Policía y a órdenes de dicho despacho desapareció.


Entonces, la demanda le correspondió al juez 58 administrativo de Bogotá. A este despacho le solicitó que declarara responsable a la Rama Judicial por el extravío del vehículo, un Chevrolet Zafira y que como consecuencia se le ordenara el pago de $56 millones por los perjuicios causados por daño emergente, es decir el valor del vehículo, los costos diarios que debió pagar por transporte desde que se ordenó la entrega de su carro y por el lucro cesante lo que dejó de percibir económicamente por no tener su medio de transporte.

La Rama Judicial contestó la demanda pero fuera del término que indica la ley. Sin embargo, al finalizar el proceso, afirmó que, “dentro de las funciones legales reglamentarias de los operadores judiciales (jueces) no se encuentra la de desplegar acción alguna frente a los parqueaderos en donde se encuentran los vehículos que han sido objeto de medidas cautelares, pues dichos establecimientos no tienen relación contractual alguna con la Rama Judicial”

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Pero este no fue el único argumento que usó la Rama Judicial para exhibirse de responsabilidad frente a la pérdida del vehículo. Señaló a otra entidad del Estado como la responsable. “Fue por disposición de la Policía Nacional que el vehículo fue llevado a un establecimiento que no hacía parte del registro de parqueaderos autorizados”, advirtió.

También agregó que para la época de los hechos, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración de Justicia ,efectuó la convocatoria con el propósito de realizar la lista de parqueaderos autorizados para llevar los vehículos que en su contra pesarán medidas de embargo y secuestro pero los que se presentaron no cumplieron con los requisitos del Acuerdo 2586 de 2004.

Insistió además que “el presunto daño fue causado por un organismo ajeno a la Rama Judicial, como es la SIJIN de la Policía Nacional y es esta institución quien estaría llamada a responder”.

El juez 58 administrativo no le dio la razón a Cardona con un argumento que la desconcertó. Según el juez en su sentencia, la Rama Judicial no le generó ningún daño porque el vehículo no se extravió. 

Advirtió que apenas Cardona le informó la irregularidad al juez 54 Municipal, este le pidió explicación sobre la ubicación del automotor. Afirmó que el representarle legal del parqueadero Nuevo Buenos Aires SAS cedió los derechos y deberes de custodia del carro a Parking Express y que el carro estaba en sus bodegas. Y que por lo tanto, el 26 de abril de 2016, el juez ordenó la entrega del vehículo a Esneda.

Sorprendida con la decisión, la afectada apeló el fallo ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Pues, aunque en papeles se indicó que el vehículo estaba para entrega inmediata, cuando ella se trasladó hasta la dirección indicada junto con su abogado la dirección no existía.

“Los memoriales que se radicaron ante ese juzgado solicitando la entrega del carro señalaron que el apoderado de la señora Cardona Cardona se acercó a la dirección carrera 12 # 11 sur-80 en donde presuntamente reposaba el vehículo, pero que dicha dirección no correspondía a la de Parking Express A&K Solutions SAS. Sin embargo no se registró ninguna acción por parte del Juez 54 para que aclarará esta discusión” 

El abogado de Blanca Esneda Cardona Cardona apeló la decisión del juez con un argumento que pareciera demoledor. El vehículo “apareció” solo en papeles, pues a la hora de ubicarlo en el parqueadero que dijo tenerlo la dirección no fue encontrada.

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Así mismo, el jurista advirtió que según el artículo 90 de la Constitución el Estado es responsable patrimonialmente de “todo daño antijurídico causado por la acción u omisión de las autoridades públicas”. A su juicio, en este caso existe un mal servicio administrativo de la justicia.

El tema de los parqueaderos a los que son remitidos los vehículos sobre los que pesan medidas cautelares de embargo y secuestro ha sido polémico en los últimos años.

En el año 2013 se hizo público un cartel integrado por alrededor de cien personas que con copia de los oficios de embargo y secuestro proferidos por los jueces civiles se dedicaban a buscar vehículos con orden de inmovilización. Estas personas que a pesar de no tener vínculo laboral o contractual con la Rama Judicial, con ayuda de algunos policías lograba la incautación de los vehículos y el traslado hasta parqueaderos que no eran los autorizados por la Dirección Ejecutiva de la Rama Judicial.

Las denuncias se multiplicaron porque los vehículos se desaparecían de los parqueaderos o porque la deuda con estas bodegas era a veces más alta que la originada con las entidades financieras, hecho que generaba los procesos de cobro ante los juzgados civiles. 

El pasado 28 de noviembre, la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Bogotá y Cundinamarca realizó una convocatoria pública para la conformación del registro de parqueaderos, para los vehículos inmovilizados por orden judicial en Bogotá, Cundinamarca y Leticia, Amazonas para la vigencia 2019.

 

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Entre los requisitos exigidos está certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio con un capital suscrito a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, contar con al menos dos años de constitución, que el objeto social sea destinado al parqueo, almacenaje o bodegaje de vehículos y una póliza de seguro de responsabilidad civil extra contractual por 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

Y dentro de las obligaciones está “recibir los vehículos aprehendidos, en virtud de las órdenes de autoridad competente y deberán permanecer exclusivamente a disposición del Despacho, Corporación Judicial que decretó su inmovilización, de tal manera que por decisión de estos, podrá autorizarse la entrega temporal o definitiva, su inmovilización, desplazamiento o cambio de lugar de aprehensión”.

En cuanto a las tarifas se fijó para vehículos livianos de hasta 3 toneladas, un valor mensual de $343.452; entre 3 y 6 toneladas de $378.696 y mayor a seis toneladas de $526.261 mensual. A esta convocatoria se presentaron once firmas pero ninguna cumplió con los requisitos

El pasado 27 de marzo un juez de Control de Garantías avaló la solicitud de medida de aseguramiento solicitada por la Fiscalía en contra de Carlos Enrique Másmela González, Fredy Antonio Tequia, Pedro Julio Gómez y Salomón Motta, funcionarios de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial por supuestos actos de corrupción en la administración de los vehículos sobre los que pesaban medidas judiciales.


Según el ente acusador, los funcionarios presuntamente emitieron actos administrativos que favorecieron a los parqueaderos destinados como depósitos judiciales en donde se vendían, alquilaban, desvalijaban o desaparecían los vehículos. Según la Fiscalía, dichas conductas delictivas recayeron en más de 5.000 placas de vehículos. 

Funcionarios


“Resoluciones que contrariaban la norma, favoreciendo a sociedades que no acreditaban los requisitos exigidos”. A estos funcionarios les fueron imputados los delitos de concierto para delinquir, prevaricación por acción, prevaricato por omisión, falsedad ideológica en documento público, asesoramiento ilegal y concusion. 

Mientras el drama de los demandados a los que le han sido embargados y secuestrados sus vehículos en el marco de un proceso ante la la justicia parece no tener fin. Blanca Esneda Cardona Cardona continúa buscando su vehículo y librando la batalla judicial para que la Rama Judicial responda por la administración y custodia de su automóvil.

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