Publicidad

 
Publicidad

Corte Suprema condena al excongresista Gustavo Londoño por corrupción de sufragantes

Pormenores de la condena al exrepresentante a la Cámara.

Gustavo Londoño
Por Agencia Periodismo Investigativo | Lun, 25/08/2025 - 21:01 Créditos: Red social X @_GustavoLondono / exrepresentante a la Cámara, Gustavo Londoño

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exrepresentante a la Cámara Gustavo Londoño García a 66 meses y un día de prisión, tras hallarlo responsable como coautor del delito de corrupción de sufragante durante su campaña electoral al Congreso en las elecciones del 11 de marzo de 2018.

El Alto Tribunal determinó que el exparlamentario, elegido por el departamento del Vichada, incurrió en prácticas clientelistas al ofrecer títulos de bachillerato y cursos de capacitación expedidos por el instituto Petroschool como incentivo para obtener votos.

Le va a interesar (Escándalo Ungrd: Interpol emite circular roja contra César Manrique)

En su decisión, la Corte lo absolvió del delito de tráfico de votos, pero concluyó que existió una estrategia sistemática de manipulación electoral.

De acuerdo con el fallo, la campaña de Londoño García, en coordinación con el rector de Petroschool, entregó de manera masiva títulos académicos sin respaldo legal a comunidades vulnerables del Vichada.

La Corte advirtió que se trató de un esquema de corrupción en el que se usó la necesidad social de acceso a la educación como mecanismo para captar apoyo electoral: “No solo consintió, sino que se benefició directamente de la entrega masiva de títulos académicos (…) transformando una necesidad social en un instrumento de manipulación clientelista”, señaló la sentencia.

El tribunal subrayó que prácticas de este tipo afectan gravemente la transparencia electoral y la legitimidad democrática, al convertir el voto en un intercambio de favores en lugar de un ejercicio libre e informado.

Sanciones impuestas

Pena de prisión: 66 meses y un día. Inhabilidad: para el ejercicio de derechos y funciones públicas, por el mismo término de la condena. Multa: equivalente a 501 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos.

Además de, prisión domiciliaria: la Corte negó la suspensión condicional de la pena, pero concedió la sustitución de cárcel por reclusión domiciliaria, una vez la sentencia quede en firme.

Con este fallo, la Corte Suprema sienta un nuevo precedente contra la compra de votos y la manipulación electoral, reiterando que el ejercicio democrático debe estar blindado de prácticas clientelistas.

Otras noticias

 

Etiquetas