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JEP condena por 21.000 secuestros a siete exjefes de Farc y les impone pena de ocho años sin cárcel

A cambio les impone actividades restauradoras como decir la verdad y actividades de reparación. Víctimas no fueron invitadas al acto de lectura del fallo.

Magistrado Camilo Suárez Aldana.
Por Agencia Periodismo Investigativo | Mar, 16/09/2025 - 09:14 Créditos: Magistrado Camilo Suárez Aldana. Tomada de X: @JEP_Colombia

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) emitió este martes una sentencia que marca un hito en el proceso de justicia transicional en Colombia. La Sección de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad condenó a siete exintegrantes del último Secretariado de las FARC por su responsabilidad en la política de secuestros que la antigua guerrilla ejecutó durante más de dos décadas.

El fallo se enmarca en el macrocaso 001, abierto en 2018, que investiga miles de privaciones ilegales de la libertad cometidas entre 1993 y 2016. Según la JEP, los secuestros no fueron hechos aislados, sino una práctica sistemática que se utilizó como mecanismo de financiación, control territorial y presión política.

La sentencia recayó sobre Rodrigo Londoño Echeverri, conocido como “Timochenko”; Julián Gallo, alias “Carlos Antonio Lozada”; Pastor Lisandro Alape; Pablo Catatumbo Torres; Milton de Jesús Toncel, alias “Joaquín Gómez”; Jaime Alberto Parra, alias “El Médico”; y Rodrigo Granda, conocido como “Ricardo Téllez”.

Todos aceptaron responsabilidad ante la jurisdicción por los crímenes derivados de la política de secuestros.

La JEP estableció que, además de los secuestros, los excomandantes son responsables de homicidios, desapariciones forzadas, torturas, violencia sexual, tratos crueles e inhumanos, desplazamientos forzados y atentados contra la dignidad de las personas retenidas.

El tribunal subrayó que estas conductas configuraron graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

Las condenas no contemplan reclusión en cárceles ordinarias, de acuerdo con lo pactado en el Acuerdo de Paz. En su lugar, los sancionados cumplirán entre cinco y ocho años de restricción efectiva de la libertad en lugares distintos a los establecimientos penitenciarios tradicionales, combinados con trabajos, obras y actividades de contenido reparador orientadas a las víctimas y a las comunidades.

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Para quienes participaron en la ejecución de la política, pero sin tener un papel determinante en su diseño, las sanciones oscilarán entre dos y cinco años.

El tribunal aclaró que la naturaleza de estas sanciones responde al enfoque restaurativo y reparador de la justicia transicional, que privilegia la verdad y la reparación integral por encima del castigo retributivo.

En el caso han sido acreditadas más de 4.300 víctimas, aunque la JEP calcula que el universo total supera las 21.000 personas afectadas directamente por secuestros cometidos por la extinta guerrilla.

El tribunal reconoció que el sufrimiento de estas personas se prolongó no solo durante el tiempo de cautiverio, sino también por las secuelas emocionales, sociales y económicas derivadas de esos hechos.

Las víctimas expresaron su molestia por la decisión y porque además no fueron convocadas a la lectura del fallo.

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